miércoles, 2 de octubre de 2013

REFORMA EDUCATIVA. LA BASE PARA TRANSFORMAR A MÉXICO

REFORMA EDUCATIVA 
LA BASE PARA TRANSFORMAR A MÉXICO

Apreciables compañeros y amigos:

La Secretaría de Educación Pública federal ha inaugurado un sitio en la internet (Link: http://www.reformaeducativa.sep.gob.mx/ o en este Blog en el lado izquierdo en Sitios de Interés), que nos amplía y precisa la información relativa a la Reforma Educativa.

Pongo a su disposición la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que puedan analizar los artículos correspondientes a educación, particularmente el 3º y el 73 que fueron reformados; así mismo, las llamadas leyes complementarias: 1) La Ley General de Educación Reformada; 2) la Ley General del Servicio Profesional Docente; y 3) La Ley del Instituto Nacional de Evaluación Educativa.

José Luis Amaro Cano
Director de Educación Secundaria Técnica

Reforma Constitucional en Materia Educativa

  • ·    Se establece en la Constitución que la educación debe ser de calidad y con equidad; se incluyó el papel fundamental de los maestros en la educación, así como su capacitación permanente para ser mejores.
  • ·    El Estado debe garantizar la calidad y la equidad de la educación para que los alumnos aprendan más y mejor.
  • ·    Se establece el Servicio Profesional Docente dentro de la Constitución, para capacitar, formar y evaluar a los maestros, directores, supervisores, instalaciones, entre otros aspectos.
  • ·    Calidad es que los alumnos tengan mejores maestros, que pasen más tiempo en las escuelas, que dispongan de alimentos sanos y nutritivos, que cuenten con mejores libros de texto y materiales educativos, y que las escuelas tengan instalaciones adecuadas y en buen estado.

Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, que deberá:

  • ·    Aportar lineamientos y directrices para saber qué funciona bien y qué no y mejorarlo.
  • ·    Identificar los apoyos necesarios para los maestros, directores y supervisores para ser mejores, desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades.
  • ·    El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación evaluará la calidad de la educación; para ello, evaluará a los maestros, a directores y supervisores; las instalaciones, a las autoridades educativas; los planes, programas, métodos y materiales educativos.
  • ·    También se evaluará a las escuelas, maestros, directores y supervisores de las escuelas particulares.
  • ·    El Concurso de oposición será la única forma para poder ser maestro, director de escuela o supervisor.
  • ·    El Servicio Profesional Docente contribuirá a capacitar, profesionalizar y actualizar a los maestros, directores y supervisores.
  • ·    Se hará un Censo para saber cuántas escuelas, maestros y alumnos hay en México, y con esa información crear el Sistema de Información y Gestión Educativa.
  • ·    Habrá una comunicación directa entre los directores de escuela y las autoridades.
  • ·    Abrir más Escuelas de Tiempo Completo con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias.
  • ·    Sólo se permitirá la venta de alimentos que favorezcan la salud de los alumnos.
  • ·    Se suministrarán alimentos nutritivos a los alumnos de escuelas de tiempo completo ubicadas en zonas con índices de pobreza y marginación.
  • ·    La autonomía de gestión escolar significa que los directores de las escuelas y los padres de familia podrán tomar decisiones para mejorar las instalaciones.
  • ·    El Sistema Educativo Nacional contribuirá a comprender los problemas de todo el país; mejorar la convivencia entre todos; respetar la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia y el interés general de la población.
  • ·    El Ejecutivo Federal, en coordinación con las autoridades educativas locales, determinará los planes y programas de estudio, con la participación de los maestros y los padres de familia.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos


Ley General de Educación

  • Confirma que la educación pública es gratuita:
  • Se prohíben cuotas obligatorias.
  • No se pueden condicionar, por ningún motivo, las clases, los exámenes, la entrega de documentos.
  • Las cuotas voluntarias no significan contraprestaciones de la educación.
  • Se reforzarán las Escuelas de Tiempo Completo:
  • Clases de 6 a 8 horas diarias.
  • Calendario de 200 días de clases al año.
  • Más tiempo para matemáticas, español,  lectura, deportes y artes.
  • En las escuelas, sólo podrán suministrarse alimentos sanos y nutritivos.
  • La SEP actualizará y formulará los planes de estudio.
  • Se fomentará la participación de maestros, directores, supervisores y padres de familia.
  • Autoridades federales y locales participarán en el proceso de evaluación  para el ingreso de nuevos maestros y para los actuales docentes.
  • Los maestros contarán con reglas claras y transparentes para promoverlos, reconocerlos y garantizar su permanencia en el servicio.
  • Se ejecutarán programas para la inducción, capacitación y actualización permanente de los maestros y los maestros nuevos contarán con asesorías.
  • Cada escuela pública contará con servicio de asesoría y acompañamiento para mejorar la práctica de los maestros y directores.
  • El proceso de evaluación permitirá conocer la capacidad profesional de todos los maestros para saber qué reforzar y mejorar.
  • Esta Ley regula el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y crea el Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGED).



Ley General del Servicio Profesional Docente

  • Los nuevos maestros sólo podrán ingresar al Servicio Profesional Docente a través de concursos de oposición.
  • Establece la inducción, la capacitación, la formación, la profesionalización y las asesorías para los maestros, como eje rector del mejoramiento de las clases y del aprendizaje de los alumnos.
  • Se garantizan los derechos laborales de los maestros actualmente en funciones.
  • Los maestros, directores y supervisores, actualmente en servicio, deberán participar en los procesos de evaluación que se llevarán a cabo al menos cada 4 años.
  • En caso de que un maestro no obtenga resultados satisfactorios en un primer proceso de evaluación, será capacitado a través de los cursos correspondientes , y será evaluado en una segunda ocasión.
  • De no presentar resultados óptimos en el segundo proceso de evaluación, deberá participar de nuevo en las capacitaciones para poder presentarse a un tercer proceso de evaluación.
  • De no aprobar el tercer proceso de evaluación podrá optar por el retiro voluntario o reubicarse en otra plaza no docente.
  • Se establecen reglas claras para reconocer la labor de los maestros por sus méritos; la de los directores por sus gestiones escolares; y la de los supervisores por sus contribuciones a mejorar la educación.
  • Se les darán apoyos, capacitaciones y actualizaciones para desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades.
  • Sólo podrán tener un ascenso aquellos docentes, directivos o supervisores en servicio y que hayan participado en los procesos de evaluación con resultados favorables.
  • Es obligación del Estado garantizar la formación, capacitación y actualización continua de todos los maestros, directivos y supervisores, para que sus capacidades sean más adecuadas a las necesidades educativas de los alumnos.
  • Para fortalecer sus capacidades, conocimientos y competencias, los docentes de nuevo ingreso tendrán durante un periodo de dos años el acompañamiento de un tutor designado por la autoridad educativa.
  • Las autoridades educativas determinarán los perfiles y los requisitos mínimos para ser maestro.
  • Se establecen reglas claras y transparentes para los concursos de ingreso, Promoción, Reconocimiento y Permanencia en la Educación Básica y Media Superior.


Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación

   Se crea un instituto especializado para evaluar al Sistema Educativo Nacional y participar en los procesos de evaluación del Servicio Profesional Docente.
Este instituto determinará los lineamientos para el proceso de evaluación de los maestros, directores y supervisores.
    El proceso de evaluación regulará los servicios educativos que imparte el Estado, con los objetivos de:
  • ·    Mejorar la calidad de la educación.
  • ·    Orientar la formulación de políticas educativas.
  • ·    Medir el grado de aprendizaje de los alumnos.
  • ·    Mejorar la gestión escolar.
  • ·    Fomentar la transparencia y rendición de cuentas.

  • Establece que participarán en la educación los maestros, los directores, los supervisores, los padres de familia y las autoridades educativas.
  • Esta Ley regula el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y al propio Instituto.
  • Crea un Consejo Consultivo para conocer, opinar y dar seguimiento al resultado de las evaluaciones del instituto, las directrices que de ellas deriven  y las acciones para su difusión.